1.
El profesorado interino con una antigüedad de al menos dos años
de servicios reconocidos en el ámbito de gestión de la
Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía
a la fecha de 30 de junio de 2001 podrá solicitar intercambio
de puesto de trabajo, si obtiene vacante en la adjudicación
de destinos provisionales.
2. El intercambio sólo podrá
efectuarse entre personal interino del mismo cuerpo y de la
misma especialidad del puesto adjudicado.
3. El plazo de presentación
de solicitudes de intercambio será de diez días naturales a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la
Resolución definitiva de adjudicación de destinos para el
profesorado interino.
4. Para la petición de
intercambio ambos solicitantes deberán cumplimentar la
solicitud, según el modelo normalizado que figura como Anexo
II de esta Resolución, de forma conjunta. Las solicitudes, en
el caso de que los dos puestos objeto de intercambio estén
ubicados en centros de la misma provincia, se dirigirán al/la
titular de la correspondiente Delegación Provincial de
Educación y Ciencia, quien resolverá lo procedente. En el
caso de que los puestos objeto de intercambio se hallen
ubicados en centros de dos provincias distintas, las
solicitudes se dirigirán al titular de la Dirección General
de Gestión de Recursos Humanos, quien resolverá lo
procedente.
5. Solamente se podrá
obtener un intercambio por curso escolar.
6. Quienes soliciten
intercambio deberán continuar en el puesto adjudicado hasta
que recaiga resolución estimatoria. |